Modelo 190: Para qué sirve y quién está obligado a presentarlo

En Gestoría Online FAL hoy te contamos todo lo que tienes que saber sobre el «Modelo 190«. Puede que a priori este no te suene de nada, pero, al igual que otros modelos y documentos, es importante conocerlo, saber para qué sirve y por qué es necesario presentarlo. Sigue leyendo para no quedarte con ninguna duda sobre este tema.

¿Qué es el Modelo 190?

Antes de adentrarnos en para qué sirve y quién debe presentarlo, desde nuestra gestoría queremos empezar por explicar qué es exactamente este documento. El Modelo 190 es un impreso emitido por la Agencia Tributaria española que se utiliza para informar de las retenciones practicadas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF con carácter anual. También se conoce como resumen anual de retenciones en nómina, y los pagos trimestrales se declaran con el «Modelo 111». La información que se facilita corresponde a rendimientos del trabajo y de actividades económicas, ganancias patrimoniales, premios e imputaciones de renta.

ejemplo modelo 190

¿Para qué sirve el Modelo 190?

Como te contábamos en el apartado anterior, el Modelo 190 es una declaración anual sobre las retenciones. Lo más importante es que al presentar este documento no tendrás que pagar, sólo rellenar con exactitud la información, ya que afecta a otros modelos. También te mencionábamos el Modelo 111, el cuál esta relacionado con las nóminas de los trabajadores, y es de carácter trimestral. Entonces podríamos resumir que el Modelo 190 es el resumen anual del 111.

Este formulario debe ser cumplimentado por quienes hayan pagado a sus empleados asalariados o profesionales autónomos sin deducirles impuestos, por ejemplo, aquellos empresarios que hayan optado por un sistema de garantía voluntaria en lugar de las retenciones. En estos casos, el empleador actúa como agente de recaudación de la Agencia Tributaria y le entrega directamente los fondos. Después este dinero se devolverá después al empleado o profesional a través de su declaración del IRPF.

Además de proporcionar información detallada sobre las retenciones practicadas a los empleados o profesionales autónomos, el modelo 190 también permite a los empresarios comunicar las pérdidas en las que hayan podido tener durante su ejercicio fiscal, lo que les permite beneficiarse de deducciones a la hora de calcular el importe adeudado en concepto de IRPF. Además, los empresarios pueden utilizar este formulario para reclamar deducciones relacionadas con las cotizaciones a la Seguridad Social pagadas en nombre de sus empleados, en caso necesario.

¿Quién esta obligado a presentarlo?

Si has presentado el Modelo 111 ante la Agencia Tributaria, también se deberá presentar el formulario 190. Esta obligación se aplica a todos los autónomos o empresarios que hayan obtenido diversos tipos de ingresos en el periodo cubierto por dicho formulario. Esto incluye:

  • Los rendimientos del trabajo (salario)
  • Actividades económicas como servicios profesionales, actividades agrícolas o ganaderas, actividades forestales y cualquier actividad sujeta a tributación por criterios estimativos.
  • Quienes hayan percibido rentas de alquiler de bienes inmuebles urbanos, donaciones y planes de pensiones, premios de juegos o concursos y cualquier otro tipo de renta que no se mencione aquí.

La presentación del Modelo190 es necesaria para garantizar que las contribuciones fiscales se declaran con exactitud y de manera oficial. No hacerlo acarrearía sanciones impuestas por las autoridades fiscales debido al incumplimiento y a la información incorrecta relacionada con las obligaciones fiscales. Además, la presentación periódica de este formulario permite a las personas físicas o jurídicas conocer mejor su situación fiscal y tomar las decisiones adecuadas, teniendo siempre en cuenta lo establecido por la legislación vigente en materia de pago de impuestos.

La presentación de este documento puede parecer una tarea compleja, pero no tienes por qué preocuparte. En Gestoría FAL contamos con profesionales especializados en materia fiscal para ayudarte a cumplimentar este documento y cualquier otro que necesites presentar.

¿Cuál es el plazo para presentar el Modelo 190?

El plazo para presentar el resumen de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas es del 1 al 31 de enero, por lo que este año ya finalizó. La presentación del Modelo 190 se realiza entre el día 1 y 31 de enero, coincidiendo con el cuarto trimestre del trimestral Modelo 111.

Como te hemos dicho, el Modelo 190 es anual, por lo que se presenta en el mes de enero para declarar lo del año que ha vencido. Las personas que tengan la obligación de presentar este formulario disponen de un este plazo concreto para cumplir con la normativa necesaria. Es fundamental hacerlo dentro de este plazo para evitar las sanciones legales o las repercusiones financieras que puedan derivarse de su incumplimiento.

Es importante que se tomen las medidas adecuadas antes de la fecha de presentación para tener a mano toda la información necesaria a la hora de preparar la presentación. Reunir todos los documentos necesarios, como extractos bancarios, recibos de alquiler, facturas salariales, etc., hará que la presentación sea sencilla y rápida. Además, los contribuyentes deben asegurarse de comprobar todos los datos para evitar cualquier error que pueda retrasar el proceso o incluso provocar complicaciones más adelante.

revisar modelo 190

¿Cómo se presenta el Modelo 190?

Ahora que ya tenemos claro de que trata y para qué sirve este documento, desde Gestoría Online FAL te contamos cómo presentar el Modelo 190. Para presentar este documento, lo primero es reunir todos los datos y documentos necesarios relativos a los ingresos que han obtenido a lo largo del año o ejercicio fiscal. Esto también incluye los ingresos procedentes de pensiones, capitalización de prestaciones de desempleo, cánones y otras actividades económicas. Una vez reunida toda esta información, es fundamental revisar todo para identificar los errores que puedan existir y corregirlos si es necesario.

El siguiente paso consiste en rellenar la hoja de resumen que se incluye en el formulario. Esta incluye información personal sobre uno mismo, así como un resumen de todos los pagos relacionados recibidos durante el periodo cubierto por el formulario. Esto incluye enumerar a cada perceptor con su NIF (Número Nacional de Identificación), nombre y apellidos, «clave» indicando si se trata de rendimientos del trabajo por cuenta ajena, pensiones o haberes pasivos, capitalizaciones, etc., percepciones dinerarias o prestaciones en especie y por último si éstas se han obtenido en Ceuta o Melilla.

La casilla «clave» es muy importante y se tiene que poner especial atención a la letra:

  • Clave A: Rendimiento del trabajo por cuenta ajena (nóminas)
  • Clave B: Rendimientos del trabajo de pensionistas y perceptores de prestaciones que están recogidas en el artículo 17.2 de la Ley del Impuesto.
  • Clave C: prestaciones o subsidios por desempleo.
  • Clave D: capitalización del paro.
  • Clave E: retribuciones a administradores y consejeros.
  • Clave F: retribuciones por realizar cursos, conferencias, seminarios y elaboración de obras científicas o literarias.
  • Clave G: rendimientos por actividades profesionales.
  • Clave H: rendimientos por actividades de índole económica como agrícolas, ganaderas y forestales y actividades empresariales en estimación objetiva a las que se re refiere el artículo 95.6.2 del Reglamento del Impuesto.
  • Clave I: rendimientos de actividades económicas. Rendimientos a que se refiere el artículo 75.2.b del Reglamento del Impuesto.
  • Clave J: imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen. Se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto.
  • Clave K: ganancias patrimoniales procedentes de los aprovechamientos forestales en montes públicos y premios.
  • Clave L: rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen.

El último paso es comprobar que todos los datos introducidos en el formulario son correctos y hacer las correcciones necesarias antes de presentarlo para su revisión. Además, uno debe volver a comprobar las retenciones que se hayan practicado sobre sus ingresos a lo largo del año, ya que pueden incluirse en el formulario al presentarlo. Dependiendo de las circunstancias individuales de cada uno, como el estatus de autónomo o si se perciben ingresos pasivos, puede haber detalles adicionales necesarios que pueden requerir el asesoramiento experto de una asesoría fiscal como somos en nuestra gestoría online, que puede proporcionar orientación adaptada específicamente a las necesidades de cada uno.

Una vez que todo se haya rellenado correctamente y se haya comprobado su exactitud, sólo se tiene que presentar, ya sea a través de medios digitales o por correo, en función de sus preferencias y de la normativa local. Una vez presentada correctamente su declaración, recibirá la confirmación de que ha sido recibida por las autoridades fiscales españolas, por lo que podrá estar seguro de que cumple con sus obligaciones fiscales antes de seguir adelante con otras planificaciones financieras.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 190

¿Puede encargarse de la presentación del Modelo 190 una gestoría?

Si, puede encargarse de este proceso un gestor profesional. El Modelo 190, al igual que la mayoría de documentos que hay que presentar, es recomendable dejarlo en manos de una gestoría. Si necesitas la ayuda de profesionales para presentar el Modelo 190 o cualquier otro documento, contacta con Gestoría FAL para ayudarte.

¿Es obligatorio presentar el Modelo 190?

Están obligados a presentar este modelo a Hacienda todos los autónomos que tengas empleados en nómina, reciban facturas de otros trabajadores por cuenta propia, obtengan ganancias patrimoniales, por inmuebles u otros ingresos como premios, derechos de imagen, etc.

¿Qué puede ocurrir si no presento el Modelo 190 en el plazo establecido?

El plazo establecido para presentar el Modelo 190 transcurre entre el 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio de la actividad. Es decir, se presenta en el mes de enero del 2023 la actividad ejercida durante el año 2022. Este documento se puede presentar fuera de plazo, pero supondrá una sanción o multa por parte de la Agencia Tributaria, eso sí, cuanto antes se haga menor será el importe.

El Modelo 190 es un documento informativo, por lo que, el importe de la sanción es fijo de 20€ por cada dato o conjunto de datos que se hayan omitido o sean erróneos.

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